El acceso de las personas con síndrome de Dowm al matrimonio civil

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Date
2019
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Publisher
Universidad Nacional de Trujillo
Abstract
RESUMEN La presente investigación tuvo como objetivo principal determinar por qué razones las personas con Síndrome de Down pueden tener acceso a contraer matrimonio civil. Para alcanzar dicho objetivo se consideró una muestra constituida por 23 personas mayores de edad con síndrome de Down (PSD); a 37 padres de familia de ambos sexos; 70 personas mayores de 18 años de ambos sexos, 21 profesionales del derecho y 19 profesionales de la salud en La Libertad. Para la selección de la muestra de las PSD se utilizó el muestreo no probabilístico intencional considerando la discapacidad intelectual de las PSD;y en forma aleatoria a los demás elementos de la muestra, considerando el vínculo y profesión con las PSD. Para la obtención de la información de la muestra personal se aplicó la técnica de la entrevistaa las PSD; y la encuestaa los demás integrantes de la muestra; complementando la información con el marco teórico de los más recientes avances obtenidos en el campo de las ciencias médicas y jurídicas, divididos en 09 temas. Asimismo, se realizó las gestiones pertinentes con los padres de familia de jóvenes con síndrome de Down mayores de 18 años con el propósito de asegurar los talleres de lectura y comentarios de las normas de la Convención Internacional de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CINUDPC). Después de dar una explicación general sobre la investigación se hizo una lista de los padres y madres interesados en participar en el taller y el resultado final fue la participación en el proyecto de 23 jóvenes SD y 37 padres de familia de ambos sexos. De igual modo, se logró gestionar la participación de 110 personas: 70 personas elegidas al azar, mayores de 18 años de ambos sexos (representativa de la opinión pública), y 40 profesionales (19 profesionales de la salud y 21 profesionales del derecho). Se utilizó la metodología del Taller Reflexivo propuesto por Gutiérrez (1999) el cual está basado en un enfoque constructivista para fomentar la reflexión sistemática con grupos a través de planteamientos, propuestas, respuestas, preguntas e inquietudes respecto a un tema subjetivo; y para la evaluación de los resultados se aplicó el modelo evaluativo de Stufflebeam (2003). Para la discusión de los resultados se utilizaron los métodos descriptivo-explicativo, análisis- síntesis y hermenéutico. Finalmente, en base a los resultados obtenidos tanto a nivel teórico (revisión de la bibliografía) como empírico (entrevistas y encuestas), se llegó a la conclusión que las personas con Síndrome de Down, mayores de edad y que cuenten con relativa capacidad de discernimiento, pueden contraer matrimonio civil, fundado en los principios a la igualdad ante la ley y a no ser discriminado.
Description
ABSTRACT The main objective of the present investigation was to determine for what reasons people with Down syndrome can have access to civil marriage. To reach this objective, a sample consisting of 23 people of legal age with Down syndrome (PSD) was considered; 37 parents of both sexes; 70 people over 18 years of both sexes, 21 legal professionals and 19 health professionals in La Libertad. For the selection of the PSD sample, intentional non-probabilistic sampling was used considering the intellectual disability of the PSD; and randomly to the other elements of the sample, considering the link and profession with the PSD. In order to obtain the information of the personal sample, the technique of interviewing the PSD was applied; and the survey of the other members of the sample; complementing the information with the theoretical framework of the most recent advances obtained in the field of medical and legal sciences, divided into 09 topics. Likewise, the pertinent steps were taken with the parents of families of young people with Down syndrome over 18 years of age with the purpose of ensuring reading workshops and comments on the norms of the United Nations International Convention on the Rights of Persons. with Disability (CINUDPC). After giving a general explanation about the research, a list of the parents interested in participating in the workshop was made and the final result was the participation in the project of 23 young SD and 37 parents of both sexes. Similarly, it managed to manage the participation of 110 people: 70 people chosen at random, over 18 years of both sexes (representative of public opinion), and 40 professionals (19 health professionals and 21 legal professionals). Reflexive Workshop methodology proposed by Gutiérrez (1999) which is based on a constructivist approach to encourage systematic reflection groups through approaches, proposals, answers, questions and concerns about a subjective issue was used; and for the evaluation of the results, the evaluation model of Stufflebeam (2003) was applied. For the discussion of the results, the descriptive-explanatory, analysis-synthesis and hermeneutical methods were used. Finally, based on the results obtained both theoretical (literature review) and empirical (interviews and surveys), it was concluded that people with Down syndrome, older and who have relative ability of discernment , can contract civil marriage, based on the principles of equality before the law and not to be discriminated against.
Keywords
Personas con síndrome de Down, Derechos de las personas con discapacidad, Matrimonio entre personas con síndrome de Down
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