La impunidad de la violencia psicológica según las modificaciones al delito de lesiones en la violencia familiar

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Date
2010
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Publisher
Universidad Nacional de Trujillo
Abstract
El tema de la Violencia Familiar en nuestra legislación, ha sufrido significantes modificaciones entre ellas la realizada mediante Ley 29282 el 28 de Noviembre del año 2008, Ley que modifica el Texto Único Ordenado de la Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar Ley 26260, asimismo incorpora y modifica algunos artículos del Código Penal, específicamente al delito de Lesiones vinculados a Violencia Familiar. Se trata de una Ley que pretende sancionar penalmente a los agresores que ocasionen lesiones producto de violencia Familiar. Sin embargo, en la práctica se observa que se establece una sanción penal únicamente a los delitos de lesiones, ya sean éstas graves o leves, que devienen de violencia física dejando de lado a la lesiones producto de violencia psicológica (daño psicológico), ya que el daño psicológico no es medible en días de asistencia o descanso, como si lo está diseñado para les lesiones físicas, a pesar de que el delito de lesiones vinculados a violencia familiar, está ubicado en el Capítulo III del Título I del Libro Segundo del Código Penal: que tipifica los Delitos contra la Vida, el Cuerpo y la Salud (comprendiendo esta la Salud Física como Mental). Es por tal motivo que al observar dicha deficiencia, es que se exige la debida sanción penal del daño psicológico producido por violencia psicológica, ya que se estaría vulnerando directamente el derecho la Integridad Psíquica debidamente reconocido y protegido en nuestra Constitución Política como derecho fundamental así como en las legislaciones y organismos supranacionales. Es por ello, que con el presente trabajo de investigación se pretende visibilizar las deficiencias de nuestra legislación penal, en cuanto al tratamiento de los casos por violencia familiar
Description
The issue of Family Violence in our legislation has undergone significant modifications, including Law 29282 on November 28, 2008, Law amending the Single Text Order of the Law on Protection Against Family Violence Law 26260, as well Incorporates and modifies some articles of the Criminal Code, specifically to the crime of Injuries linked to Family Violence. It is an Act that seeks to criminally punish aggressors who cause injuries resulting from Family Violence. However, in practice it is observed that a criminal sanction is only established for crimes of injuries, whether serious or mild, resulting from physical violence, leaving aside injuries resulting from psychological violence (psychological damage), since Psychological damage is not measurable on days of attendance or rest, as if it were designed for physical injuries, even though the crime of injuries related to family violence is located in Chapter III of Title I of the Second Book of the Code Criminal: which typifies crimes against life, the body and health (including physical and mental health). It is for this reason that in observing this deficiency, it is necessary to impose the penal sanctions for the psychological damage caused by psychological violence, since it would be directly violating the right Psychic Integrity duly recognized and protected in our Political Constitution as a fundamental right as well as In supranational legislation and bodies. It is for this reason, that this research work is intended to make visible the deficiencies of our criminal legislation, regarding the treatment of cases for family violence
Keywords
Violencia psicológica, Violencia familiar, Impunidad
Citation
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