Comparaciones Conceptuales y Normativas de los Trabajadores de Confianza en el Sector Público y Privado, Referente a su Estabilidad Laboral

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Date
2017
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Publisher
Universidad Nacional de Trujillo
Abstract
En la actualidad se ha visto que los trabajadores tanto en el sector Público como en el Privado, que ingresen a laborar en cargos calificados como de confianza o a ejercer funciones de la misma naturaleza, no necesitan la existencia de una “causa justa de despido”, sino que basta alegar el “retiro” o la “perdida” de confianza. Basta, entonces, la decisión unilateral del empleador, basada en su apreciación subjetiva, para que se conforme una razón suficiente para terminación del contrato de trabajo. Sin embargo se ha contemplado que existe una falta de regulación en cuanto a la extinción de la relación laboral de los trabajadores de confianza del Sector Privado, y por lo cual, consideramos que la solución al problema identificado es una propuesta normativa. Es por ello que frente a esta dificultad, y una vez analizada la respectiva jurisprudencia y doctrina, hemos precisado que no debería ser factible que el despido por retiro de confianza, de lugar al pago de una indemnización por despido arbitrario; puesto que ello tendría como consecuencia que el acto de celebración del contrato de trabajo para ejercer cargos de confianza contenga tácitamente una cláusula de “indemnización por despido arbitrario”, toda vez que siempre que cese el trabajador, sea cual fuera la causa, incluyendo el retiro de confianza, tendría que ser indemnizado por ser arbitrario dicho cese, lo cual resulta inconsistente. Por lo tanto concluimos que “La pérdida de la confianza constituye una causa justa de despido; conllevando a la extinción de la relación laboral de los Trabajadores de Confianza, siempre que estos hayan accedido a estos puestos desde el inicio de la relación laboral, de lo contrario, el Trabajador de Confianza despedido que haya sido promovido a dicho puesto habiendo ocupando antes un puesto común, deberá retornar a su puesto originario”.
Description
At present it has been seen that workers in both the Public and Private sectors, who enter to work in positions qualified as trustworthy or to perform functions of the same nature, do not need the existence of a "just cause of dismissal" But suffice to allege the "withdrawal" or the "loss" of trust. The unilateral decision of the employer, based on his subjective assessment, is enough to establish a sufficient reason for the termination of the employment contract. However, it has been considered that there is a lack of regulation regarding the termination of the employment relationship of the private sector workers, and therefore, we consider that the solution to the problem identified is a normative proposal. That is why, faced with this difficulty, and once analyzed the respective jurisprudence and doctrine, we have stated that it should not be feasible that the dismissal by withdrawal of confidence, resulting in the payment of compensation for arbitrary dismissal; Since this would have the consequence that the act of entering into a contract of employment to exercise positions of trust tacitly contains a clause of "indemnity for arbitrary dismissal", since whenever the worker ceases, whatever the cause, including withdrawal Of trust, would have to be compensated for being arbitrary such cessation, which is inconsistent. We therefore conclude that "The loss of trust is a fair cause of dismissal; Leading to the termination of the employment relationship of the Trust Workers, provided that they have agreed to these positions since the beginning of the employment relationship, otherwise, the dismissed Trust Worker who has been promoted to that position having previously occupied a Common position, he must return to his original post".
Keywords
Despido arbitrario, Derecho laboral, El despido laboral
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